La Unidad de Mercado: en Manos de la ‘Buena Voluntad’

Tras un proceloso trámite de consultas y audiencia pública, el Proyecto de Ley de Garantía de Unidad de Mercado está a punto de comenzar su debate en las Cortes. El objetivo de la norma no es otro que asegurar el respeto a la libre circulación de bienes y servicios en todo el territorio nacional, algo que se supone que debería estar protegido de forma expresa en el artículo 139 de la Constitución y contemplado, también, en los artículos 38 y 149 del mismo texto. Pero no. Numerosos tribunales de justicia, y sobre todo el Constitucional, han venido fallando a favor de las comunidades autónomas en estas materias, pues la Constitución les da una amplísima capacidad normativa en las más diversas materias.

Como el proyecto de ley recoge en su exposición de motivos: la unidad de mercado es un principio económico esencial para el funcionamiento competitivo de la economía española. Esta norma es urgente para dotar de coherencia al panorama comercial y despejar la maraña normativa, que hace que productores y distribuidores con vocación nacional tengan que lidiar con los particularismos de hasta 17 legislaciones diferentes para poder vender un mismo producto en toda España.

La situación vivida hasta ahora es absolutamente ineficiente desde un punto de vista económico. El propio Gobierno ha identificado 5.749 normas (el 80% de ellas autonómicas o locales) que directamente entorpecen el libre establecimiento de los operadores económicos y la circulación de bienes y servicios. Entendíamos que la nueva ley venía a poner orden a este barullo normativo. Sin embargo, la herramienta que se propone para ello se antoja a priori de efectividad dudosa, pues será la ‘buena voluntad’.

“Se trata de que las administraciones se fíen unas de otras”, explicó con cierto optimismo la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáez de Santamaría, durante su presentación en rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros del pasado 5 de julio. De hecho, es el principio de “cooperación y confianza mutua” el que se presenta como elemento vehicular para dar cumplimiento al propósito final, que consiste en que las decisiones tomadas por la autoridad competente en origen sean válidas en todo el territorio nacional. El ministro de Economía, Luis de Guindos, admitió en la misma rueda de prensa que la modificación o derogación de esas 4.560 normas solo podrá conseguirse mediante un proceso “voluntario, dialogado y pacífico”. Es decir, que la viabilidad de una norma que, de acuerdo con De Guindos, “facilita la vida empresarial en España” queda al albur de un supuesto entendimiento entre autoridades públicas y regionales, como si se tratase de buenos vecinos, lo que ya hemos comprobado que no es el caso. El inmediato paso al frente, rechazando el texto legislativo, que dieron los gobiernos de Andalucía, Cataluña, País Vasco y Canarias nos permite hacernos una idea de las escasas posibilidades que hay de que cuaje esa buena voluntad.

Además, se establece que el afectado pueda pedir amparo a la Comisión Nacional de Mercados y Competencia (CNMC). En este sentido, la Administración se ha esforzado en transmitir a los operadores económicos un mensaje que entraña el riesgo de conducir a malentendidos ciertamente frustrantes. Se legitima a la CNMC a recurrir por la vía contencioso administrativa cualquier acto que vulnere la unidad de mercado, sea a petición de los afectados o de oficio. Presidencia afirma que la admisión a trámite de dichos recursos “podrá [o no, cabría matizar] significar la suspensión automática del acto o disposición recurridos”. Para ello, se ha modificado el artículo 127 de la LJCA (Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa) y se manifiesta expresamente que de esta manera se evitarán “las pérdidas ocasionadas por dilaciones judiciales”. Sin embargo, está por ver si se concretan o no las causas por las que la Administración impugnada puede solicitar el levantamiento de la suspensión. Como alertó la Comisión Nacional de la Competencia, el Ejecutivo se limitaba a aludir como causa justificada a la “perturbación grave de intereses generales”, abriendo la puerta a toda suerte de ambigüedades. Es decir, por si no eran suficientes las vías de agua de las que adolece el proyecto, la hoja de ruta de la litigación tiene el riesgo potencial de abrir otra más.

Quizá el mejor reflejo del voluntarismo que impregna el proyecto de Ley sea el precipitado cálculo anunciado por Economía de que la aprobación de la norma tendrá un impacto económico de 1.500 millones de euros anuales durante una década. Su espíritu es el correcto, que haya un pasaporte único para todos los productos y servicios en España. Es, además, lo que dicta el sentido común. Pero precisamente en los últimos años hemos tenido que padecer innumerables ejemplos de falta de ese sentido. Otra muestra más de la desconexión entre los ritmos de la economía real y los de la Administración es la creación de un Consejo para la Unidad de Mercado, cuya finalidad básica se limita al “seguimiento” y el “impulso” de la adaptación de la normativa del conjunto de autoridades competentes a los principios de la ley y que, inicialmente, sólo tiene previsto reunirse con carácter semestral.

Este asunto no ha hecho más que empezar. En breve vendrá la batalla en el Congreso. El tramite de presentación de enmiendas concluía el día 10 pero se ha retrasado hasta el 14 de septiembre. Y podía haber más aplazamientos. Sus señorías empiezan a dar vueltas en torno al proyecto de ley. Será muy difícil el acuerdo. Los más sensatos esperan que se salvará gracias a la mayoría absoluta del gobierno.

Este artículo fue publicado el pasado 14 de septiembre en en el diario digital elconfidencial.com 

Un comentario en «La Unidad de Mercado: en Manos de la ‘Buena Voluntad’»

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

*

Cerrar

Acerca de este blog